Estimados y estimadas:
1.- Escuelas en Convenio SEP 2008-2011 (sólo PM-SEP aprobado con o sin recomendaciones):
a) Agregar acciones a la programación del primer año (2008-2009): NO se aceptan más solicitudes para este período, el documento “Orientaciones operativas para el término de año 2009”, publicado en www.planesdemejoramiento.cl señalaba claramente que el plazo vencía el 20 de febrero del presente año.
c) Metas de efectividad: NO se pueden modificar una vez que el plan de mejoramiento educativo ha sido aprobado.
d) Metas anuales de aprendizaje: NO se pueden modificar una vez que vez que el plan de mejoramiento educativo ha sido aprobado.
2.- Escuelas en Convenio SEP 2009-2012 (sólo PM-SEP aprobado con o sin recomendaciones):
a) Reprogramar sus metas, acciones e indicadores anuales (2009-2010): SI se puede modificar, pero de acuerdo a lo señalado en el Ordinario N° 323, solamente en la zona de catástrofe (Regiones Va, VIa, VIIa, VIIIa, IXa y Metropolitana), mediante una solicitud del sostenedor (presentada a través de un documento, o bien por correo electrónico, personalmente, etc.) al DEPROV correspondiente. A continuación, el DEPROV debe enviar la solicitud por correo electrónico a operaciones.sep@mineduc.cl.
3.- Escuelas en Convenio SEP 2010-2013 (sólo PM-SEP que no han sido entregados para evaluación):
Nota: Las solicitudes deben ser presentadas por el sostenedor o representante legal del establecimiento educacional. En el caso de los sostenedores municipales, las solicitudes pueden ser cursadas por el Jefe del DAEM, DEM, o bien por el Director de la Corporación Municipal.
Específicamente en el caso de las solicitudes para cambiar los sectores a trabajar progresivamente 1 b), el sostenedor o quien sea responsable legalmente de la administración del establecimiento educacional deberá redactar un oficio y enviarlo vía e-mail al Departamento Provincial de Educación correspondiente indicando claramente:
- Nombre y RUT del sostenedor.
- RBD del establecimiento.
- Sector, año y nivel que elimina.
- Nombre y RUT del sostenedor.
- RBD del establecimiento.
- Etapa de reapertura (diagnóstico o elaboración).
- Período de reapertura (2008-2009 o 2010).
- Razones por las que solicita la reapertura de la plataforma.
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